En cuanto a los delitos en contra de la administración, siendo un tema muy sensible y preocupante para la sociedad por sus efectos catastróficos como la competencia desleal, el desempleo entro otros, todos los ciudadanos podemos ayudar: no prestando a terceras personas nuestros nombres y/o cuentas bancarias, no aceptando negocios fáciles que nos propongan desarrollar, verificando la actividad y el origen de los bienes y dineros de las personas con quienes se puede iniciar un negocio, colaborando con las instituciones de control, reportando o denunciando este tipo de organizaciones criminales.
Debemos reconocer algunas alertas: riesgo al no reportar adecuadamente al los órganos controladores, riesgos por requerimientos en pagos contemplados a los órganos controladores, riesgos por falta de cumplimiento de normativa, riegos en el flujo de información interno, riegos por falta de capacitación y competencia de funcionarios, riesgos de sanciones administrativas, riesgos por prácticas desleales, riegos referentes a sobornos, riesgos de fraude o estafa, riesgos por falta de cumplimiento en los contratos que se suscriben, riesgos por falta de manejo de Información privilegiada, entre otros.
Importancia de controles externos: identificabilidad, oportunidad, claridad, relevancia, razonabilidad, imparcialidad, objetividad y verificabilidad sobre la existencia de procesos y responsabilidad de los mismos de tal manera que se pueda obtener de manera exacta y fiel la real actividad inusuales de las instituciones para la prevención de riesgos.
Es clave implementar dentro de las instituciones, capacitaciones recurrentes para todo el personal sobre los riesgos a las que cada institución puede exponerse para mitigarlos de manera oportuna y eficiente. Especificando la responsabilidad que tiene cada funcionario, así como las consecuencias que puede acarrear la inobservancia de los procedimientos adoptados por cada una de las entidades.
Es necesario auditorias de compliance externo para el verdadero y efectivo cumplimiento de la normariva pertinente a la Prevención de Delitos en contra de la Administración. Además es necesatio efectuar revisiones periódicas de los procedimientos adoptados para la prevención de riesgos en las entidades con el fin de verificar su cumplimiento e implementación, garantizando la observancia de las mismas con el fin de aportar con las entidades controladoras con un eficaz manejo de riesgos, para así favorecer al desarrollo.
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