La gestión delegada es una figura jurídica propia del Derecho Administrativo que busca fortalecer las modalidades necesarias para la actualidad económica estatal. Entre dos realidades; por una parte Gobiernos Autónomos Descentralizados con cero presupuesto para ejecutar pero con la urgente necesidad de responder a la normativa constitucional que los obliga a abastecer de servicios básicos a los ciudadanos, además con la necesidad de incorporar innovación tecnológica, con procesos y subprocesos que se desarrollan a nivel mundial y por otro lado, con Empresa Privada que busca gestionar servicios delegados para lucrar e incluso abastecer con bienes al Estado.
En el contexto legal de la Constitución de la República del Ecuador, a la par de las políticas públicas coherentes con la normativa que tiene como centro al Estado, la gestión delegada considerada en el Código Orgánico Administrativo es una alternativa de ejecución de políticas públicas con la interesante interacción de los privados, pero sin caer en la satanizada privatización que originó la Ley de Modernización, Privatización, y prestación de Servicios Públicos por parte de Iniciativa Privada, que entró en vigencia en el gobierno del Arquitecto Sixto Durán Ballén.
La sinergia perfecta entre el privado y el público con miras a satisfacer necesidades, generar empleo y garantizar prosperidad dejarán de ser sólo palabras perfectas juntas cuando se cuente con voluntad política económica y con seguridad jurídica, que afiance la inversión privada fomentando ciertamente el desarrollo social y económico.
Al país le urge una política económica estatal que incentive al privado con herramientas jurídicas viables que sean claras, para que sean las vías que aseguren a la gestión delegada como la fórmula de cumplimiento de metas de desarrollo y primordialmente cumplimiento de provisión de servicios públicos.
El reto de aplicar al Derecho Administrativo en contratos públicos con inversionistas privados a fin de perfeccionar el modelo ecónomico con miras al desarrollo es una responsabilidad hegemónica estatal.
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