Presunto caso de corrupción en contratación para agua potable de 36 millones de dólares, con posible perjuicio para el estado ecuatoriano.
El artículo 102 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública existe para cumplirse no para ser pisoteado, se presentaron varios reclamos ante el SERCOP, por considerar y justificar que las condiciones del pliego procedimiento de contratación No. LPI-MLE-001-2020 – Licitación Pública Internacional para la Construcción Nueva Línea de Conducción de Agua Potable desde: la captación en Casacay – planta la Esperanza – Tanque de Reserva el Vergel – El Cambio, provincia de El Oro; así como las respuestas y aclaraciones realizadas en dicho procedimiento restringen la participación en igualdad de condiciones, por cuanto solicitan condiciones comerciales para los proveedores del oferente, escapando del rango de acción de la contratación pública y haciendo un abuso del derecho dentro de las contratos entre oferentes y sus proveedores, ya que solo la condición particular que cumpla con lo requerido en el pliego será calificada con puntaje favorable.
El SERCOP, en atención al reclamo presentado y a otras comunicaciones, con oficio SERCOP-SDG-2020-0576-OF de 4 de agosto de 2020, dispuso la suspensión del proceso licitatorio de la referencia por un término de 7 días, el cual fue puesto en conocimiento de la Mancomunidad en la misma fecha.
Sin embargo y pese a que el SERCOP notificó de forma oportuna la suspensión del procedimiento, la Mancomunidad la Esperanza, de forma arbitraria y alejada de derecho, ha hecho caso omiso a la suspensión dispuesta por el Ente Rector de la Contratación Pública y ha efectuado la apertura de ofertas, A SABIENDAS QUE LA DISPOSICIÓN EMITIDA POR EL SERCOP OBLIGA A LA MANCOMUNIDAD LA ESPERANZA A MODIFICAR EL CRONOGRAMA DEL PROCESO, A FIN DE POSTULAR UNA NUEVA FECHA PARA LA PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS.
Prueba de esto es la transmisión efectuada a través de la red social “Facebook” del acto de apertura de ofertas[1], hecho que deja en evidencia la desobediencia de la MANCOMUNIDAD LA ESPERANZA las decisiones del Ente Rector de la Contratación Pública, incurriendo así en falta de cumplimiento a decisiones administrativas emitidas por Autoridad Competente.
En tal sentido y en estricto apego a la facultad que posee el Servicio Nacional de Contratación Pública para SUSPENDER PROCESOS DE CONTRATACIÓN Y DISPONER RECOMENDACIONES DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO, se debe proceder en cumplimiento del derecho al debido proceso que poseemos los administrados dentro de trámites administrativos debidamente presentados y notificados a su autoridad, y se debe proceder a la modificación al cronograma del proceso de contratación No. LPI-MLE-001-2020 – Licitación Pública Internacional para la Construcción Nueva Línea de Conducción de Agua Potable desde: la captación en Casacay – planta la Esperanza – Tanque de Reserva el Vergel – El Cambio, provincia de El Oro y se debe disponer la modificación del cronograma del mismo, retrotrayendo las actuaciones a la etapa previa a la presentación de ofertas, cumpliendo así con la suspensión dispuesta por el SERCOP.
Y toda vez que no se realicen los descargos técnicos, por existir un presunto direccionamiento, se reformulen los pliegos, de forma urgente e inmediata.
Además solicito que se emita el informe respectivo por parte de SERCOP, con los indicios, y con el incumplimiento antes señalado para sea remitido de inmediato a la Contraloría General del Estado. Toda la ciudadanía está atenta a las acciones de control necesarias para prevenir todo perjuicio.
[1]https://www.facebook.com/MPNoticiasMachala/videos/300205844628819/?vh=e&extid=hYY4UNnkIcpT6Jdw&d=w https://www.facebook.com/Mancomunidad-La-Esperanza-107584354125435/videos/?ref=page_internal
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