El 25 de marzo de 2020, el Presidente de la Asociación de Futbolitas del Ecuador , presentó un comunicado sobre las medidas tomadas en medio del contexto de la emergencia sanitaria provocada por la pandemia mundial del Coronavirus, plantea una supuesta vulneración de derechos por el Estado de Excepción, y finalmente comunica que es un derecho irrenunciable recibir sus remuneraciones completas ya que todos los jugadores se encuentran cumpliendo con rutinas de ejercicios y subordinados a los clubes de fútbol.
Cabe recalcar que los contratos de los jugadores de fútbol profesional, son iguales a los que cualquier trabajador, por lo que el órgano regulador en cuanto a materia contractual laboral rige, no es la Secretaría del Deporte, como muchos piensan, sino al Ministerio del Trabajo.
Las normativas que se implanten en las relaciones laborales de los futbolistas profesionales con los clubes de fútbol, son las establecidas especialmente en el Código del Trabajo y la Constitución de la República. Evidentemente ningún acuerdo ministerial puede reformar la ley , por lo que; todo lo que no la contravenga con el ordenamiento jurídico superior es perfectamente válido y existente en el mundo jurídico.
El Ministerio de Trabajo debido a la poca precisión del Acuerdo MDT-2020-077 del 15 de marzo de 2020, por medio del Acuerdo Ministerial 2020-80 de 28 de marzo de 2020, a fin de aclarar especialmente como se recuperará la suspención de la jornada laboral (hasta 12 horas semanalas), y además como se deberá aplicar en caso de vacaciones.
El deber ser del Acuerdo Ministerial en ambos caso es garantizar la estabilidad laboral de los empleados, el empleador puede suspender la jornada laboral en medio de esta emergencia sanitaria, para evitar despidos posteriores a esta crisis de coronavirus.
Se puede aplicar una planificación emergente de vacaciones, sobre las vacaciones acumuladas, se podrá fijar por parte del empleador el inicio y fin de las mismas en esta emergencia sanitaria.
La más importante aclaración que realiza el acuerdo es que tanto de empleador como el empleado podrán mediante acuerdo privado acordar un calendario de pago. A fin de conservar y precautelar principalmente con la relación laboral.
De esta forma los empleadores pueden continuar operando especialmente con sus recursos más importantes, los recursos humanos, una vez superada la crisis de Coronavirus.
Otra opción para los empleadores en virtud del mismo Acuerdo Ministerial mencionado, es la reducción de jornada laboral, para reducir el trabajo, en ambos casos se busca recuperar las horas de trabajo, toda vez que se levante el Estado de Excepción emitido en razón a la emergencia sanitaria de la Pandemia Mundial del Coronavirus.
Finalmente la modificación que contempla el Acuerdo Ministerial es en caso de que la jornada laboral debe ser mayor a la ordinaria, y que obviamente no debe exceder a lo permitido por ley, con el objeto de cumplir con las actividades necesarias para operar en medio de la emergencia sanitaria.
Cualquier modalidad que se adopte en medio de esta emergencia sanitaria debe ser notificada al Ministerio de Trabajo, en el Sistema Único de Trabajo (SUT).
También existe la posibilidad de cargar estos días a vacaciones, de mutuo acuerdo, como se mencionó anteriormente. Aplicar modalidades que garanticen el derecho de trabajo es indispensable para así garantizar la reactivación económica del país.
Todas las figuras contempladas para esta emergencia sanitaria, son perfectamente aplicables a los jugadores de fútbol profesional.
De esta manera tanto el empleador , como el trabajador estarían cumpliendo con la normativa vigente y sobretodo contextualizándose ante un caso de caso de fuerza mayor o caso fortuito, fácilmente probable en cualquier instancia, no solo administrativa sino judicial, por la evidente pandemia mundial por la que estamos atrevasando,
La recomendación a los clubes de fútbol es que para cumplir con las relaciones contractuales que tienen con los jugadores, negocien con ellos de acuerdo a sus pretensiones , para que así lleguen a acuerdos privados y poder cumplir con el objetivo de cada una de sus actividades.
Por un lado es importante velar por la estabilidad de cada uno de los clubes pero también por supuesto también es importante velar por el bienestar de los futbolistas, pero sobre esto, cumplir con la normativa y contectualizarse en el contexto mundial, en este caso esta pandemia mundial del Coronavirus.
Cuidando las relaciones laborales de los jugadores profesionales de fútbol y sus clubes se vela por el bienestar del sector, porque alrededor del fútbol profesional y sus torneos, como es conocido giran más sectores como el de entretenimiento, publicidad de marcas, venta de derechos deportivos, venta de derechos de imagen, así como promover la industra deportiva de productos.
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