En abril de cada año en el Ecuador, los trabajadores reciben las utilidades generadas en el año anterior.
El 24 de marzo de 2020 el Ministerio de Trabajo, emitió un Acuerdo mediante el cual buscaba postergar las utilidades generadas en el año 2019, que dada la crisis sanitaria, podrían aliviar en algo la situación financiera .Sin embargo textualmente lo únicamente que se posterga es el registro de este pago de utilidades en el sistema del Ministerio de Trabajo.
Debemos recordar que las utilidades son un pago extraordinario para los trabajadores, pues se dan una vez al año, en caso de que las compañías reporten ganancias.
Por lo que el trato de las mismas es especial y sui géneris.
Estamos viviendo un caso fortuito o fuerza mayor innegable a causa de la pandemia mundial del Coronavirus, que se ha evidenciado en el Ecuador en un Estado de Excepción dada la emergencia sanitaria, por lo que la normalidad evidentemente no será la regla.
Los pagos de utilidades se realizan en su gran mayoría por transferencias bancarias, por lo que siendo esta modalidad apta dentro del teletrabajo, no deberían tener ninguna anomalía en acreditarlas en la cuentas de los trabajadores. A menos, que en medio de este contexto tanto empleados o empleadores lleguen a un acuerdo de pago de las mismas, pero obviamente debe ser consensuado y debe contar con las dos voluntades expresas.
Finalmente la normativa administrativa está buscando soluciones para poner en práctica en medio de esta pandemia mundial, que ya supera en expectativas a la crisis inmobiliaria del 2008.
Indistintamente de la normativa administrativa, las medidas que cada una de las compañías tome deberá favorecer a sus trabajadores, así ayudará a reducir el impacto de esta crisis a la economía nacional y así mundial.
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